Pone Banxico más límites al cobro de comisiones Angel Iturralde A fin de definir el cobro de comisiones a los clientes bancarios, el Banco de México (Banxico) anunció nuevas disposiciones que prohíben y limitan a bancos y a sociedades financieras de objeto limitado y de objeto múltiple reguladas el cobro de ciertas comisiones a sus clientes. El banco central informó que este lunes 26 se publicará en el Diario Oficial la circular 22/2010 que contiene las nuevas regulaciones en materia de comisiones, en tanto que a las 9 horas estará disponible para su consulta en su portal de Internet. Entre las disposiciones está la prohibición del cobro de comisiones por retiros de efectivo, consultas de saldo, depósitos en cuenta y pago de créditos, en ventanilla y en cajeros automáticos operados por las instituciones de crédito que lleven la relación con el cuentahabiente. Se limitan además las comisiones que podrán cobrarse por intento de sobregiro por emitir un cheque sin fondos. Dicho límite será la cantidad que resulte menor, ya sea el monto del intento de sobregiro o el importe que la entidad financiera determine y solicite registrar en Banxico. Asimismo, se restringen las comisiones por no pagar un crédito a tiempo dado que el plazo será la cantidad que resulte menor entre el monto del pago incumplido en el periodo correspondiente o el importe que la entidad financiera determine y solicite registrar ante el banco central. Las comisiones por no mantener un saldo mínimo requerido en la cuenta de depósito se limitarán a la cantidad que resulte menor: el monto del incumplimiento o el importe que la entidad financiera determine y solicite registrar. De igual forma, se prohíben los cobros de comisiones por pago extemporáneo de créditos cuando en el mismo periodo se cobren intereses moratorios. En la misma línea, no está permitido el cobro de comisiones por no utilizar durante un año calendario la tarjeta de crédito si durante el mismo periodo se cobra una comisión por anualidad o algún otro concepto equivalente. De acuerdo con las disposiciones, se anulan los cobros de comisiones a los clientes que liquidan un crédito hipotecario por las gestiones que las entidades financieras realicen para que se proceda a la cancelación de la hipoteca en el Registro Público de la Propiedad. Aclara que se podrá cobrar sólo una comisión por operaciones de transferencia de fondos y domiciliación, por parte de la institución donde se origine la transacción. El Banxico añade que uno de los propósitos de estas disposiciones es incrementar la transparencia en relación con el cobro de comisiones relacionadas con la celebración de operaciones y con la prestación de servicios, mediante cajeros automáticos. |
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