SEGURO DE RIESGOS DE TRABAJO
René Dávila
MÉXICO.-Con el propósito de agilizar y simplificar los trámites para la clasificación de empresas y la determinación de la prima del seguro de riesgos de trabajo, el pasado 28 de marzo se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo del H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) con el que se otorga a los Subdelegados la facultad para ratificar o rectificar la prima de riesgos de las empresas para efectos de la cobertura de las cuotas del Seguro de Riesgos de Trabajo.
Este Acuerdo deja sin efecto la fracción VII del Acuerdo No. 534/2006, del 29 de noviembre de 2006, publicada en el Diario Oficial el 18 de diciembre de ese mismo año, en la que se establecía que esta facultad era exclusiva del Delegado y que ahora podrá ser ejercida tanto por el titular de la delegación como por el Subdelegado.
Lo anterior significa que, a partir del pasado 28 de marzo, los Subdelegados del Insituto podrán emitir las resoluciones en materia de la prima del Seguro de Riesgos de Trabajo, permitiendo que el trámite se realice de manera más ágil y oportuna.
Estas acciones se inscriben en la mejora continua de los procesos institucionales, así como de la simplificación administrativa. En este sentido, el Instituto avanza en la modificación de aquellos trámites que representan cargas excesivas de papeleo para el patrón, así como de tiempo de espera de respuesta y solución, a fin de proporcionarles servicios satisfactorios y de calidad.
A fin de otorgar certeza jurídica a los patrones, la disposición que otorga esta facultad a los Subdelegados forma parte de la fundamentación legal de la resolución que se emita en esta materia; es decir, aparecerá en los documentos en los que se ratifique o rectifique la clase, fracción y prima de riesgos de las empresas.
Actualmente la mayoría de los trámites de clasificación de empresas y determinación de la prima del Seguro de Riesgos de Trabajo se realizan por el interesado en la Subdelegación, mientras que el proceso de ratificación y rectificación se lleva a cabo directamente en las oficinas delegacionales.
La modificación permitirá la desconcentración administrativa de estos procesos de las Delegaciones a las Subdelegaciones, aligerando las cargas de trabajo relacionadas con el trámite; eliminará el intercambio de documentos entre estas instancias y da respuesta de manera expedita, para una resolución eficaz.
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